| ||||||||||||||||||||||
| ||||||||||||||||||||||
Mostrando entradas con la etiqueta derechos de la niñez. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta derechos de la niñez. Mostrar todas las entradas
viernes, 16 de marzo de 2012
GUÍA PARA COMUNICADORES SOBRE PROGRAMAS DE PROTECCIÓN SOCIAL
lunes, 22 de agosto de 2011
Sexo, Derechos e Internet
APC PUBLICÓ UNA NUEVA INVESTIGACIÓN PROVOCATIVA SOBRE LA SEXUALIDAD E INTERNET
MONTEVIDEO (APC para APCNoticias) – Una nueva investigación de APC en Brasil, India, Líbano, Sudáfrica y Estados Unidos analiza el rol clave de internet en la educación sexual y la salud sexual, así como en el combate de la discriminación y en ayudar a las personas a definir su propia sexualidad. Esta investigación destruye el mito de que la sexualidad en línea se limita a la pornografía. Más >
Informe de sintesis en español
Informe completo en inglés
Informe de sintesis en español
Informe completo en inglés
jueves, 5 de mayo de 2011
Nueva publicación: Aportes a la discusión sobre la garantía y vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes por medio de la tecnología
Muchos niños, niñas y adolescentes son expuestos habitualmente a violencia física, sexual y psicológica en el hogar y la escuela, en instituciones de protección y judiciales, en los lugares donde trabajan y en sus comunidades.
Gran parte de la violencia contra los niños y niñas sigue siendo legal, autorizada por el Estado y consentida por la sociedad. Las tecnologías de la comunicación y de la información no están exentas de esta responsabilidad en la proliferación de violencia. Este documento es el resultado de notas y material recogido en 4 años de trabajo sobre el tema de Tecnología de la Información y la Comunicación.
Consta de una primera parte “Aproximación a las TICs y su relación a la problemática de vulneración de derechos de niños, niñas y personas adolescentes” en la que pretende brindar elementos básicos en relación a la tecnología y una segunda parte “Problemas más frecuentes de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes“ en la que se desarrolla la problemática específica de vulneración de derechos.
Las principales recomendaciones que recoge el documento son:
Para quienes son padres y otras personas adultas:
Más allá de la información que podamos encontrar al respecto del uso de la tecnología, lo más importante es crear hábitos saludables para que los niños y niñas utilicen a la tecnología en vez de ser absorbidos por ella, y por sobre todo, encontrar espacios que propendan establecer confianza entre los adultos y niños encontrando actividades que sean comunes como por ejemplo la lectura.
Los adultos deben exigir la existencia de un órgano con competencia de fiscalización y multas eficaz y eficiente. Se debe asegurar que las multas sean destinadas al fortalecimiento de la investigación y persecución penal de los delitos de pornografía infantil, trata de personas y abuso o maltrato a niños, niñas y personas adolescentes por medio de tecnología.
Para el Estado
Es indiscutible que CONATEL debe asumir su responsabilidad como ente rector de la comunicación en el país o declinarla para definir quién será el ente rector en el marco de Internet y trabajar en consecuencia.
Sería útil que la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia pudiera dar algún lineamiento claro y suficientemente justificado al respecto de las garantías de derechos para niños, niñas y adolescentes en Internet y las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Para la Academia y la Sociedad civil
Las organizaciones no gubernamentales y las universidades deben asumir su responsabilidad en la información y generación de conocimientos que permitan dar lineamientos claros y políticas respetuosas de los derechos de todas las personas en Internet.
Para las Empresas
Las empresas públicas o privadas que provean servicios de Internet y servicios de telefonía deberán contar con los mecanismos para almacenar la información referida a la transferencia de archivos y direcciones de emisión y recepción de las comunicaciones por el período de seis meses con el objeto de facilitar la investigación local en referencia a la producción de delitos por medios informáticos. Esta información deberá ser almacenada de manera secreta y segura y solamente podrá ser revelada por orden judicial en investigaciones proactivas y reactivas de delitos informáticos que vulneren especialmente derechos de género y de NNA, de producción de pornografía infantil, trata de personas, desaparición de personas y explotación de personas.
Los servicios que provean comunicación telefónica y de Internet deberán identificar aquellos servicios que tendrán como personas usuarias directas a personas menores de dieciocho años y se pondrá a disposición de las personas adultas responsables de esos servicios las herramientas para la protección ante producción de pornografía infantil, acoso, extorsión, dependencia u otra vulneración de sus derechos.
Para los niños, las niñas y las personas adolescentes
Respetar y hacer respetar la privacidad de sus datos y utilización de tecnología en el marco del respeto a otras personas.
Exigir la existencia de redes, sitios de Internet y servicios que estén dirigidos especialmente a personas menores de dieciocho años, que sean gratuitos o de bajo costo y que en caso que requieran la contratación de un servicio que las condiciones sean claras y fáciles de comprender (sin tecnicismos).
Para leer el documento haga click aquí
Gran parte de la violencia contra los niños y niñas sigue siendo legal, autorizada por el Estado y consentida por la sociedad. Las tecnologías de la comunicación y de la información no están exentas de esta responsabilidad en la proliferación de violencia. Este documento es el resultado de notas y material recogido en 4 años de trabajo sobre el tema de Tecnología de la Información y la Comunicación.
Consta de una primera parte “Aproximación a las TICs y su relación a la problemática de vulneración de derechos de niños, niñas y personas adolescentes” en la que pretende brindar elementos básicos en relación a la tecnología y una segunda parte “Problemas más frecuentes de vulneración de derechos de niños, niñas y adolescentes“ en la que se desarrolla la problemática específica de vulneración de derechos.
Las principales recomendaciones que recoge el documento son:
Para quienes son padres y otras personas adultas:
Más allá de la información que podamos encontrar al respecto del uso de la tecnología, lo más importante es crear hábitos saludables para que los niños y niñas utilicen a la tecnología en vez de ser absorbidos por ella, y por sobre todo, encontrar espacios que propendan establecer confianza entre los adultos y niños encontrando actividades que sean comunes como por ejemplo la lectura.
Los adultos deben exigir la existencia de un órgano con competencia de fiscalización y multas eficaz y eficiente. Se debe asegurar que las multas sean destinadas al fortalecimiento de la investigación y persecución penal de los delitos de pornografía infantil, trata de personas y abuso o maltrato a niños, niñas y personas adolescentes por medio de tecnología.
Para el Estado
Es indiscutible que CONATEL debe asumir su responsabilidad como ente rector de la comunicación en el país o declinarla para definir quién será el ente rector en el marco de Internet y trabajar en consecuencia.
Sería útil que la Secretaría Nacional de la Niñez y la Adolescencia pudiera dar algún lineamiento claro y suficientemente justificado al respecto de las garantías de derechos para niños, niñas y adolescentes en Internet y las Tecnologías de la Información y la Comunicación.
Para la Academia y la Sociedad civil
Las organizaciones no gubernamentales y las universidades deben asumir su responsabilidad en la información y generación de conocimientos que permitan dar lineamientos claros y políticas respetuosas de los derechos de todas las personas en Internet.
Para las Empresas
Las empresas públicas o privadas que provean servicios de Internet y servicios de telefonía deberán contar con los mecanismos para almacenar la información referida a la transferencia de archivos y direcciones de emisión y recepción de las comunicaciones por el período de seis meses con el objeto de facilitar la investigación local en referencia a la producción de delitos por medios informáticos. Esta información deberá ser almacenada de manera secreta y segura y solamente podrá ser revelada por orden judicial en investigaciones proactivas y reactivas de delitos informáticos que vulneren especialmente derechos de género y de NNA, de producción de pornografía infantil, trata de personas, desaparición de personas y explotación de personas.
Los servicios que provean comunicación telefónica y de Internet deberán identificar aquellos servicios que tendrán como personas usuarias directas a personas menores de dieciocho años y se pondrá a disposición de las personas adultas responsables de esos servicios las herramientas para la protección ante producción de pornografía infantil, acoso, extorsión, dependencia u otra vulneración de sus derechos.
Para los niños, las niñas y las personas adolescentes
Respetar y hacer respetar la privacidad de sus datos y utilización de tecnología en el marco del respeto a otras personas.
Exigir la existencia de redes, sitios de Internet y servicios que estén dirigidos especialmente a personas menores de dieciocho años, que sean gratuitos o de bajo costo y que en caso que requieran la contratación de un servicio que las condiciones sean claras y fáciles de comprender (sin tecnicismos).
Para leer el documento haga click aquí
Suscribirse a:
Entradas (Atom)